miércoles, 8 de agosto de 2012

Control de compra de moneda extranjera - Registración e informes - AFIP

Resolución General 3356 - Administración Federal de Ingresos Públicos (BO 06/08/2012). Control de la compra de moneda extranjera. Registración e informe por parte de los Bancos de operaciones realizadas.

Se modifica el procedimiento para la adquisición de moneda extranjera. Principales cambios:

  • Las operaciones de compra en concepto de turismo y viajes al exterior requerirán la validación de las empresas de transporte aéreo, marítimo, fluvial o terrestre, o en su caso del operador turístico interviniente respecto de los datos declarados por el adquirente.
  • Solo se podrá comprar la moneda de curso legal o de uso corriente en el país de destino (por ej. Uruguay: pesos uruguayos; Brasil: reales; Paraguay: guaraníes, etc.).
  • Se deberán registrar las operaciones que se realicen como consecuencia del reingreso de fondos por suspensión del viaje informado con anterioridad y que haya dado origen a la compra de moneda extranjera.
Las disposiciones comentadas precedentemente resultan de aplicación a partir del 13 de agosto de 2012.

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