jueves, 30 de agosto de 2012

Reemplazo de formulario "Exija su factura" - AFIP

Resolución General 3377 - Administración Federal de Ingresos Públicos (BO29/08/2012). Se reemplaza el Formulario 960 "Exija su factura" por un código "QR" (Código de Respuesta Rápida por su abreviatura en inglés) de exhibición obligatoria. Tramitación vía web de AFIP.

Se determina que los contribuyentes que realicen operaciones de venta con consumidores finales y que estén obligados a exhibir el Formulario 960 "Exija su factura", incluidos los monotributistas, deberán sustituirlo por el Formulario 960/MN - "Data Fiscal".

El mismo tendrá impreso un "Código de Respuesta Rápida" (QR) el que permitirá al público, a través de un dispositivo móvil con cámara y acceso a internet, obtener determinados datos fiscales del contribuyente y, en caso de detectar alguna irregularidad, reportarla a la AFIP en el sitio www.afip.gob.ar/f960/NM.

El Formulario 960/MN - "Data Fiscal" deberá sustituirse cuando se modifique la situación fiscal del responsable (cambio de domicilio declarado, condición frente al IVA, categoría para el caso de monotributistas, etc.).

El nuevo formulario se obtiene a travez del sitio web de la AFIP, mediante la utilización de la clave fiscal, y deberá realizarse por cada domicilio comercial que el contribuyente tenga declarado en el Sistema Registral como local o establecimiento.

En caso de utilizar máquinas registradoras, se deberá exhibir un formulario por cada máquina o controlador fiscal instalado.

Los sitios web de los contribuyentes o responsables deberán colocar en un lugar visible de su página principal el logo "Formulario 960/NM - "Data Fiscal” con el hipervínculo correspondiente que la AFIP proporcionará.

La obligación de exhibir el Formulario 960/NM - “Data Fiscal” deberá cumplirse a partir del mes de octubre de 2012 de acuerdo con la terminación de la CUIT del responsable.

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