jueves, 23 de agosto de 2012

Impuesto a la transferencia de gas oil y gas licuado - Nuevo texto normativo - AFIP

Resolución General 3362 - Administración Federal de Ingresos Públicos (BO 22/08/2012). Impuesto a la transferencia de gas oil y gas licuado. Forma de ingreso. Nuevo texto normativo.

Se sustituye el texto normativo referido al Iimpuesto a la Transferencia de Gas Oil y Gas Licuado, incluyendose modificaciones. Principales cambios:

  • A fin de solicitar el alta en el impuesto, los sujetos deberán ingresar al servicio “Sistema Registral”, disponible en el sitio web de la AFIP, mediante la “Clave Fiscal”.
  • La determinación de la obligación tributaria se efectuará mensualmente ingresando al servicio denominado “Mis Aplicaciones Web”, a través del cual se seleccionará el formulario “F. 146 Impuesto sobre el Gas Oil, Gas Licuado y Biodiesel”, que se encontrará disponible en el sitio web institucional.
Las disposiciones establecidas en esta resolución general resultarán de aplicación a partir del 01/09/2012.

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