Se sustituye el texto normativo referido al Iimpuesto a la Transferencia de Gas Oil y Gas Licuado, incluyendose modificaciones. Principales cambios:
- A fin de solicitar el alta en el impuesto, los sujetos deberán ingresar al servicio “Sistema Registral”, disponible en el sitio web de la AFIP, mediante la “Clave Fiscal”.
- La determinación de la obligación tributaria se efectuará mensualmente ingresando al servicio denominado “Mis Aplicaciones Web”, a través del cual se seleccionará el formulario “F. 146 Impuesto sobre el Gas Oil, Gas Licuado y Biodiesel”, que se encontrará disponible en el sitio web institucional.
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