Resolución 2019/2011 - Dirección General de Rentas de la Ciudad de Buenos Aires (BO 29/08/2011). Sellos. Ingreso de información y liquidación del impuesto. Actos e
instrumentos celebrados sin la intervención de un agente de recaudación.
Para el ingreso de la información y la liquidación del impuesto
de sellos correspondiente a los actos e instrumentos alcanzados por el tributo
y que se hubieran celebrado sin la intervención de un agente de recaudación,
los responsables deberán utilizar el programa aplicativo que se encuentra
disponible a tal efecto en la página Web www.agip.gob.ar., mediante el uso de
la “Clave Ciudad”.
El impuesto determinado deberá ingresarse dentro de los quince
(15) días corridos de la celebración del acto o contrato que dio origen.
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