Resolución 532/2011
- Administración Nacional de Seguridad Social (BO 26/09/2011). Sistema Único de Asignaciones Familiares (SUAF). Pago de un complemento por única vez. Monto. Oportunidad.
Se dispone la liquidación de un complemento por única vez
equivalente a una suma de dinero que será abonada a los trabajadores en
relación de dependencia de empleadores incluidos en el Sistema Único de
Asignaciones Familiares (SUAF) que inician una relación laboral formal
que permite cubrir la contingencia de cargas familiares, desde la fecha
de ingreso del trabajador al empleo formal y la primera liquidación de
las asignaciones familiares del sistema contributivo.
El
complemento será descontado automáticamente por la Administración Nacional de
Seguridad Social (ANSeS), cuando el empleador declare el cese de la relación
laboral del trabajador ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).
Para
que el complemento aprobado por la presente cubra la contingencia de carga
familiar y el mismo sea abonado en tiempo y forma el empleador deberá, al
momento de incorporar a un nuevo trabajador, cumplir con la obligación de
informar la fecha de alta temprana y todos los datos referidos a la relación
laboral de acuerdo con las normas vigentes dictadas por AFIP.
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