viernes, 5 de agosto de 2011

Régimen de Regularización sin Proceso de Ejecución Judicial - IIBB, Sellos, Inmobiliario y Automotor - Prov. Buenos Aires

Resolución Normativa 41/2011 - Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (29/07/2011). Ingresos brutos. Sellos. Inmobiliario. Automotores. Régimen de regularización de deudas vencidas o devengadas al 31/12/2010.

Se establece desde el 1 de agosto y hasta el 31 de diciembre de 2011, un régimen de regularización de deudas para los contribuyentes de los impuestos inmobiliario, a los automotores, sobre los ingresos brutos y de sellos, que no se encuentren en proceso de ejecución judicial, ni en instancia de fiscalización, de determinación o de discusión administrativa.


Están incluidas en el régimen las deudas de los impuestos inmobiliario, a los automotores, sobre los ingresos brutos y de sellos, vencidas o devengadas, según el impuesto de que se trate, al 31 de diciembre de 2010, las provenientes de regímenes de regularización posteriores al 1/1/2000, caducos al 31 de diciembre de 2010, correspondientes al impuesto, sus anticipos, accesorios y cualquier sanción por infracciones relacionadas con los conceptos indicados.

Cuotas mínimas del pago:
1.- Pesos ochenta ($ 80), tratándose de planes de pago otorgados para la regularización de deudas provenientes del impuesto inmobiliario o a los automotores.
2.- Pesos ciento sesenta ($ 160), tratándose de planes de pago otorgados para la regularización de deudas provenientes de los impuestos sobre los ingresos brutos o de sellos.

Modalidades de pago:
1) Al contado: Con una bonificación del diez por ciento (10%) por pago dentro del plazo previsto al efecto.
2) En cuotas: Con un anticipo del cinco por ciento (5%) de la deuda y el saldo:
- En tres (3) y hasta doce (12) cuotas mensuales, iguales y consecutivas, sin bonificación y sin interés de financiación.
- En quince (15) y hasta cuarenta y ocho (48) cuotas mensuales, iguales y consecutivas, sin bonificación.

Cada cuota devengará un interés de financiación del dos por ciento (2%) mensual sobre saldo

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