miércoles, 24 de agosto de 2011

Autorización de contratos de trabajo - Menores de edad - Provincia de Mendoza.

Resolución 4109/2011 - Subsecretaría de Trabajo y Seguridad Social de Mendoza (BO 23/08/2011). Contrato de Trabajo. Provincia de Mendoza. Trabajo de menores. Autorización.

Se delega en la Dirección de Empleo, dependiente de la Subsecretaría de Trabajo y Seguridad Social, la facultad de:
a) certificar la autorización para trabajar que los padres o tutores otorguen a su hijo/a adolescente en los supuestos contemplados en los artículos 32 de la ley de contrato de trabajo y 108 de la ley 22248 y autorizar en los casos de los artículos 189 bis y 107 respectivamente, referidos al trabajo de niños, niñas y adolescentes en empresa familiar.
b) se le atribuye competencia para otorgar permisos individuales a niños, niñas y adolescentes que sean contratados para realizar trabajo artístico en los términos del artículo 8 del convenio (OIT) 138 ratificado por ley 24650, y ha de denegar las peticiones que se realicen sin cumplimentar los requisitos dispuestos en la presente.
c) autorizar la extensión de la jornada de trabajo contemplada en el artículo 190 de la LEY de contrato de trabajo, para el trabajador adolescente que así lo solicite.

Al mismo tiempo se define la documentación a presentar para la solicitud de alguno de los casos precedentes.

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