lunes, 15 de agosto de 2011

Coeficiente de actualización de las remuneraciones mensuales - Mínimos y máximos garantizados. Determinación.

Resolución 448/2011 - Administración Nacional de la Seguridad Social (BO 12/08/2011). Trabajo y Previsión Social. Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA). Coeficientes de actualización de las remuneraciones mensuales. Aprobación. Haberes mínimo y máximo garantizados a partir de setiembre 2011. Base imponible. Importe de la Prestación Básica Universal. Determinación.

Se aprueban los coeficientes de actualización de las remuneraciones mensuales percibidas por los afiliados que hubiesen prestado tareas en relación de dependencia, cesados a partir del 31 de agosto de 2011 o continúen en actividad a partir del 1 de setiembre de 2011.

El valor de la movilidad correspondiente al mes de setiembre de 2011 se determina en 16,82%.

El haber mínimo garantizado vigente a partir del mes de setiembre de 2011 establecido de conformidad con las previsiones del artículo 8 de la ley 26417 será de $ 1.434,29 y el haber máximo será de $ 10.507,90.

La base imponible mínima a partir del devengado setiembre de 2011 queda establecida en $ 498,89 y la máxima en $ 16.213,72. 

No hay comentarios:

Publicar un comentario