jueves, 26 de julio de 2012

Régimen de Emergencia o Desastre Económico y Social - Planes de facilidades de pago - Reducción de intereses - Provincia de Río Negro

Resolución 647/2012 - Agencia de Recaudación Tributaria de Río Negro (BO 12/07/2012). Régimen de Emergencia o Desastre Económico y Social. Planes de facilidades de pago. Reducción de intereses de financiación.

Los contribuyentes y/o responsables alcanzados por la prorroga establecida por el Decreto 868/2012, que se presentaren a regularizar la deuda que mantienen con la Agencia de Recaudación Tributaria en concepto de impuestos sobre los ingresos brutos, automotores y/o inmobiliario mediante un plan de facilidades de pago, tendrán una reducción del 50% del interés de financiación, resultando en una tasa 0,75% mensual y en hasta un máximo de 60 cuotas mensuales y consecutivas.

La deuda que podrá ser incluida en el plan de facilidades establecido anteriormente será para el impuesto sobre los ingresos brutos, anticipos 5/2011 a 7/2012, y para los impuestos a los automotores e inmobiliario de la cuota 4/2011 a 3/2012.

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