Resolución 597/2012 - Agencia Recaudadora Tributaria de Río Negro (BO 28/06/2012). Plan de facilidades de pago. Cancelación del total de la deuda. Monto del anticipo.
Se modifica la Resolución 13/2010 estableciendose que, independientemente del plan de cuotas seleccionado a fin de cancelar deudas impositivas, en todos los casos los contribuyentes deberán ingresar un pago a
cuenta de la deuda en concepto de anticipo, el cual no podrá ser
inferior al monto de las cuotas que se soliciten.
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