Resolución Conjunta 514-319/2012 - Mininsterio de Agricultura, Ganadería y Pesca con Ministerio de Economía y Finanzas Públicas de la Nación (BO 04/07/2012). Pequeños y medianos productores de trigo y maíz. Reintegro de
derechos de exportación. Cancelación de impuestos con los mismos.
Prórroga para la presentación de la
documentación para acceder al régimen.
Se establece que la Subsecretaría de Agricultura dependiente
de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca del Ministerio de
Agricultura, Ganadería y Pesca será la Autoridad de Aplicación del
régimen de compensación para los pequeños y medianos productores de
trigo y de maíz cuya producción no hubiera superado las 800 toneladas anuales de trigo y las 1240 toneladas anuales de maíz, para el ciclo cosecha 2009/2010,
creado por la resolución conjunta 57 del Ministerio de Agricultura,
Ganadería y Pesca y 106 del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas
de fecha 1 de marzo de 2010.
Se prorroga hasta el 31 de agosto de 2012 el plazo
para que los productores de trigo que contaren con
resolución aprobatoria de compensación solicitada correspondiente al
setenta por ciento (70%) de su producción del ciclo cosecha 2009/2010, presenten la documentación
correspondiente a fin de acceder a la compensación de deudas impositivas
con reintegros de derechos de exportación.
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