jueves, 3 de mayo de 2012

Plan de facilidades de pago - Provincia de Córdoba

Decreto 225/2012 - Poder Ejecutivo de Córdoba (BO 02/05/2012). Régimen excepcional de facilidades de pago. Deudas en gestión de cobro prejudicial, judicial y/o ejecución fiscal administrativa.

Los contribuyentes y/o responsables del pago de tributos, sus actualizaciones, recargos, intereses, multas y/u otros recursos, por cuyos conceptos adeuden monto alguno al Fisco Provincial, podrán acceder a un régimen excepcional de facilidades de pago para la cancelación de dichos montos.

Los contribuyentes y/o responsables, podrán acceder al presente régimen hasta el 31 de mayo de 2012, para la cancelación de las obligaciones vencidas y no prescriptas al 31 de diciembre de 2011 que se encuentren en gestión de cobro prejudicial, judicial y/o bajo el procedimiento de ejecución fiscal administrativa con control judicial, para los siguientes tributos y/o conceptos:
  1. Impuesto sobre los ingresos brutos,
  2. Impuesto inmobiliario,
  3. Impuesto de sellos,
  4. Impuesto a la propiedad automotor,
  5. Tasas retributivas de servicios,
  6. Multas provenientes de infracciones al régimen de agentes de información.
  7. Multas originadas en la omisión de pago de los agentes de retención, percepción y/o recaudación, en tanto estos hayan ingresado los importes omitidos con sus recargos y accesorios en forma previa al acogimiento al presente régimen.
Se podrán optar por cancelar las deudas al contado o mediante un plan de facilidades de hasta 12 cuotas. Para el caso de pago en cuotas, se prevé un interes progresivo dependiendo de la cantidad de cuotas, llegando hasta el 1,74% mensual.

No hay comentarios:

Publicar un comentario