Resolución 12/2012 - Secretaría de Minería de la Nación (BO 28/05/2012). Inversiones mineras. Requisitos para la contratación de fletes para
posibilitar operaciones de exportación de minerales o productos
derivados.
Se establece que, para aquellas empresas que gozan de los
beneficios otorgados por la Ley 24196 que contraten
fletes marítimos, fluviales, terrestres o aéreos para posibilitar
operaciones de exportación de minerales o productos derivados, la obligatoriedad de contratar la prestación del
transporte a empresas nacionales. En los casos en que se trate de fletes
que deban realizar trasbordos de modo previo a su destinación final, ya
sea por igual modalidad y/o por intermodalidad de transportes, la
preferencia de cargas aquí establecida se deberá considerar por tramo.
Será considerada empresa de
transporte nacional aquella que cumpla con los siguientes requisitos:
1. Estar constituida según las leyes de la República Argentina.
2. Tener sede social en el país.
3. Tener por objeto el transporte fluvial, de ultramar, terrestre o aéreo.
4.
Emitir las facturas por los servicios prestados en virtud de la
presente de conformidad con las disposiciones sobre facturación de la AFIP.
No hay comentarios:
Publicar un comentario