miércoles, 21 de agosto de 2013

Sellos - Agentes de percepción - Escribanos públicos - Modificación - Provincia de Jujuy

Resolución General 1323/2013 - Dirección Provincial de Rentas de Jujuy (BO 14/08/2013). Sellos. Agentes de percepción. Escribanos públicos. Inscripción. Reglamentación. 

Se reemplaza el régimen de percepción del impuesto de sellos para escribanos públicos titulares y adscriptos, y se fijan las obligaciones y deberes que deberán cumplir.

Se determina que los mismos estarán obligados a actuar como agentes de percepción en todos los actos o escrituras que autoricen, protocolicen o se realicen de cualquier otra forma siempre que intervengan en ellos.

No deberán efectuar las percepciones cuando realicen operaciones, actos o contratos que se encuentren exentos, o en los que sean partes, sujetos que se encuentren exentos del pago del impuesto de sellos.

Se aprueba el aplicativo denominado "Sistema informático de percepción de escribanos públicos - Versión 1.0", el cual podrá ser transferido desde la página web de la Dirección Provincial de Rentas (www.rentasjujuy.gob.ar).

Las presentes disposiciones serán de aplicación para las presentaciones que deban efectuarse a partir del 01/09/2013.

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