jueves, 20 de octubre de 2011

IIBB - Régimen de retención y percepción - Modificación de alícuotas - Provincia de Córdoba

Resolución 52/2011 - Secretaría de Ingresos Públicos de Córdoba (BO 19/10/2011). Ingresos brutos. Régimen general de retención y percepción. Modificación de alícuotas.

Se redefine al 2,75% la alícuota general de retención, prevista en el régimen general de retención y percepción del impuesto sobre los ingresos brutos, prevista en el Decreto 443/2004.

Al mismo tiempo, se modifican las alícutas especiales:
  • Sector Industria Automotriz: 2,95%
  • Sector Bebidas, Embotelladoras de Gaseosas y Cervezas: 4%
  • Sector Combustibles: 2,90%
  • Expendio de Gasoil: 1%
  • Sector Construcción: 3%
  • Sector Industria del Neumático: 3,50%
  • Sector Laboratorios: 1,50%
  • Sector Artículos para el Hogar, de Electrónica y Similares: 3,85%
  • Sector Maquinarias: 3,85%
  • Sector Pinturerías: 3,85%
  • Sector Papeleras y Librerías: 3,85%
  • Sector Artículos de Limpieza y Perfumerías: 3,85%
  • Sector Productos Alimenticios: 3,85%
  • Sector Comercios Mayoristas: 3,85%
  • Sector Tabacaleras: 0,30%
  • Sector Textiles e Indumentaria: 3,85%
  • Sector Servicios Públicos: 11%
  • Sector Colchonerías: 3,85%
  • Sector Agroquímicos: 1,50%
  • Sector Servicios Inmobiliarios y Locación de Inmuebles: 4%
  • Sector Vidrios, Cristales y Similares: 3%

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