jueves, 20 de octubre de 2011

IIBB - Pago a cuenta - Sector automotriz - Provincia de Formosa

Resolución General 36/2011 - Dirección General de Rentas de Formosa (BO 03/10/2011). Ingresos brutos. Régimen de pago a cuenta para el sector automotriz. Sujetos obligados a actuar como agentes de recaudación.

Se establece que los titulares encargados de los distintos Registros Nacionales de la Propiedad Automotor y Créditos Prendarios de la Provincia de Formosa, actuarán como Agentes de Recaudación del impuesto sobre ingresos brutos en oportunidad de formalizarse la inscripción de unidades 0 km y siempre que los responsables no acrediten haber efectuado el pago a cuenta del referido impuesto en las formas y condiciones establecidas en la Resolución General 28/2011.

El régimen de recaudación se hará efectivo aplicando la alícuota del dos coma cuatro por ciento (2,4%) sobre el precio de cada unidad vendida, cualquiera sea la forma de pago pactada.

En las operaciones efectuadas por contribuyentes comprendidos en el Régimen de Convenio Multilateral, con alta de la jurisdicción Formosa, la alícuota a aplicar será del uno como dos por ciento (1,2%) sobre el precio de cada unidad vendida.

En los supuestos de contribuyentes no inscriptos en la Provincia de Formosa, la alícuota a aplicar será del tres por ciento (3%) sobre el precio de cada unidad vendida.
 

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