lunes, 10 de junio de 2013

Plan de facilidades de pago - Establecimiento - Provincia de Mendoza

Decreto 696/2013 - Poder Ejecutivo de Mendoza (BO 03/06/2013). Facilidades de pago. Plan de pagos especial. Establecimiento. Plan de facilidades de pago de carácter permanente. Modificación.

Se establece un plan de facilidades de pago especial, con reducción de intereses y multas, de deudas del impuesto sobre los ingresos brutos, de sellos, tasa de justicia, regalías hidrocarburíficas y canon de explotación y exploración y renta extraordinaria vencidos al 31/12/2012, hasta el 29/6/2013.

Principales aspectos:
  • Se establece como condición para el acogimiento al plan, que el sujeto tenga pagado el tributo a regularizar exigible desde el 01/01/2013 hasta la fecha de acogimiento. 
  • Las deudas del impuesto sobre los ingresos brutos, de sellos, tasa de justicia y sus intereses resarcitorios podrán ser regularizadas en hasta 24 cuotas. 
  • El plan podrá concertarse incluso cuando las obligaciones se encuentren declaradas o no, intimadas, liquidadas o determinadas, en proceso de determinación, discusión administrativa o judicial, sometidas a juicio de apremio y/o incluidas en otros planes de pago. 
  • Los agentes de retención y/o percepción del impuesto sobre los ingresos brutos, de sellos y tasa de justicia tendrán la reducción del 50% de los intereses y multas correspondientes solo cuando el plan se cancele al contado, con excepción de las retenciones y/o percepciones que no hubiesen sido practicadas, las que podrán regularizarse en hasta 3 cuotas.
Se modifica el plan de facilidades de pago permanente vigente (Decreto 820/1998), estableciendo que para la suscripción del plan se deberán tener cancelados los tributos por los que se solicita la regularización cuyos vencimientos operen en el mes del acogimiento, con excepción del impuesto sobre los ingresos brutos, para el cual será exigible la cancelación del anticipo o declaración jurada mensual que se encuentre vencida a la fecha de solicitud del plan.

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