Resolución 43/2012 - Administradora Tributaria de Entre Ríos (20/03/2012). Sellos. Locación de inmuebles agropecuarios. Valor locativo. Precios de referencia.
Se dispone que a los fines de determinar el valor de las
unidades físicas en especie, fijadas como canon locativo en los
contratos de explotación agrícola ganadera a los que refiere el artículo
221 del Código Fiscal, se tomará como precios de referencia
las cotizaciones de la Bolsa de Comercio de Rosario o del Mercado de
Liniers, según la especie, vigentes al cierre del día hábil inmediato
anterior a la fecha de celebración del contrato.
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