Resolución Normativa 23/2012 - Dirección General de Rentas de Córdoba (BO 26/03/2012). Ingresos brutos. Adicional FOFISE. Contribuyentes del Convenio Multilateral. Disminución del coeficiente unificado.
Se establece que los contribuyentes del impuesto sobre los ingresos brutos sujetos a las normas del Convenio Multilateral que en el mes de abril, por aplicación del artículo 69 de la RG 2/2010 de la Comisión Arbitral, se obtenga un impuesto determinado
total con signo negativo a raíz de la disminución de los coeficientes de
ingresos y gastos y ajustes de bases imponibles correspondientes a la
Jurisdicción Córdoba, el Contribuyente deberá -solo en este único caso-
efectuar el ajuste al aporte realizado al FoFISE que hubiera ingresado de más
en los meses de enero a marzo.
El importe de dicho ajuste se determinará calculando el porcentaje
previsto para el aporte sobre el monto con signo negativo determinado por el
Aplicativo domiciliario SiFERE en el rubro impuesto determinado total. El
resultado obtenido deberá informarse en el concepto “Otros” del rubro “Pagos no
Bancarios” del mencionado aplicativo.
Para el caso de los contribuyentes locales del impuesto sobre los
ingresos brutos, la versión 8.0 del aplicativo APIB.CBA calculará en forma
discriminada el monto correspondiente a dicho aporte.
Esta versión debe ser utilizada obligatoriamente a partir de toda
presentación efectuada desde el 1/2/2012, resultando inválida las
presentaciones efectuadas a través de versiones anteriores.
Los contribuyentes que tributan en el régimen especial de monto fijo
establecido en el artículo 184 del Código, pagarán el aporte a través del
Formulario F-283 provisto por la Dirección o por medio del Formulario F-5605
generado por el APIB.CBA. En este último caso, se consignará un solo importe
correspondiente a la suma de ambos conceptos.
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