Resolución 158/2012 - Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (BO 21/03/2012). Ingresos brutos. Régimen general de retención y percepción. Exclusión
para adquisiciones de bienes muebles. Fabricación y comercialización
mayorista de medicamentos. Alícuotas. Resolución 963/2011. Modificación.
Quedan excluidas del régimen general de
retención/percepción (Resolución 963/11) aquellas operaciones de adquisición de cosa mueble,
cuando la misma revista el carácter de bien de uso para el adquirente.
En tal circunstancia, el destino deberá ser declarado por el
contribuyente en el momento de concertar la operación, consignando la
leyenda "a ser afectado como bien de uso" dentro de la factura o
documento equivalente.
Los agentes de percepción del impuesto sobre los ingresos
brutos cuya actividad sea la fabricación y comercialización mayorista de
medicamentos para uso humano, aplicarán una reducción del 75% en la alícuota establecida para el régimen general de
percepciones, sobre el precio neto de la operación de venta, con
respecto a los contribuyentes que desarrollan la actividad de comercio
minorista de medicamentos para uso humano.
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