jueves, 29 de marzo de 2012

IIBB - Cancelación de inscripción de oficio - Provincia de San Juan

Resolución 598/2012 - Dirección General de Rentas de San Juan (BO 27/03/2012). Ingresos brutos. Cancelación de inscripción de oficio.

Se dispone la baja de oficio a la inscripción de los contribuyentes del impuesto sobre los ingresos brutos que se encuentren inscriptos bajo la categoría Régimen General, cuando se verifique en forma concurrente las siguientes condiciones:
  1. Falta de presentación de declaraciones juradas durante un período de 18 consecutivos anteriores al 31 de diciembre de 2011.
  2. Condición de no activo en la AFIP en los impuestos al valor agregado, a las ganancias y monotributo al 31 de diciembre de 2011.
  3. No registre retenciones, percepciones o cualquier otro tipo de pago a cuenta del impuesto sobre los ingresos brutos durante el período de 18 consecutivos anteriores al 31 de diciembre de 2011.
Al mismo tiempo, se dispone la baja de oficio a la inscripción de los contribuyentes del impuesto sobre los ingresos brutos que se encuentren inscriptos bajo la categoría Régimen Simplificado, se verifique en forma concurrente las siguientes condiciones en forma concurrente las siguientes condiciones:
  1. Falta de pago del impuesto fijo mensual durante un periodo de 18 meses consecutivos anteriores al 31 de diciembre de 2011.
  2. Condición de no activo en la AFIP en los impuestos al valor agregado, a las ganancias y monotributo al 31 de diciembre de 2011. 
El Departamento Programación y Planificación Estratégica procederá a ejecutar en los meses de enero y julio de cada año fiscal, el proceso de identificación de contribuyentes en condiciones de ser dados de baja de oficio en el impuesto sobre los ingresos brutos, tanto en el Régimen General como en el Régimen Simplificado Provincial.

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