miércoles, 27 de julio de 2011

Tope Indemnizatorio - Sindicato de la Industria Maderera - CCT 335/1975

Resolución 741/2011 - Secretaría de Trabajo (13/07/2011). Estatutos, Convenios y Escalas. Madereros. Rama: Muebles, Aglomerados, Maderas Terciadas y Aserraderos, CCT 335/1975. Tope indemnizatorio. Determinación.

Se fijan los importes promedio de las remuneraciones y los topes indemnizatorios correspondientes al Acuerdo homologado por la disposición de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo 442 del 10 de junio de 2011 y registrado bajo el número 726/2011 suscripto entre la Unión de Sindicatos de la Industria Maderera de la República Argentina y la Federación Argentina de la Industria Maderera y Afines, conforme al detalle siguiente:

PARTES SIGNATARIAS
FECHA DE ENTRADA EN VIGENCIA
BASE PROMEDIO
TOPE INDEMNIZATORIO
UNIÓN DE SINDICATOS DE LA INDUSTRIA MADERERA DE LA REPÚBLICA ARGENTINA C/FEDERACIÓN ARGENTINA DE LA INDUSTRIA MADERERA Y AFINES
CCT 335/1975
Rama Maderas Terciadas
1/8/2011
$ 2.896,86
$ 8.690,58
1/12/2011
$ 3.164,57
$ 9.493,71
1/4/2012
$ 3.449,71
$ 10.349,13
Rama Muebles, aberturas, carpinterías y demás manufacturas de madera y afines
1/8/2011
$ 3.152,67
$ 9.458,01
1/12/2011
$ 3.444,33
$ 10.332,99
1/4/2012
$ 3.754,00
$ 11.262,00
Rama Aserraderos, envases y afines
1/8/2011
$ 2.869,43
$ 8.608,29
1/12/2011
$ 3.135,14
$ 9.405,42
1/4/2012
$ 3.417,43
$ 10.252,29
Rama Aglomerados
1/8/2011
$ 3.041,18
$ 9.123,54
1/12/2011
$ 3.322,71
$ 9.968,13
1/4/2012
$ 3.621,53
$ 10.864,59

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