sábado, 2 de julio de 2011

Protección del Empleo Registrado. Reducción de contribuciones patronales

Por medio de la RG 3136-AFIP (B.O.24/06/2011) se establecen reducciónes de contribuciones patronales establecidas por la la Ley N° 26.476.

Se establece que, a los fines de acceder a la reducción de la alícuota de contribuciones patronales dispuesta por el Artículo 16 de la Ley 26.476, los empleadores que hubiesen dado inicio a nuevas relaciones laborales a partir del período devengado Enero de 2011 y siguientes, habiéndolas identificado en las declaraciones juradas determinativas de las obligaciones con destino a la seguridad social (F. 931) con “Códigos de  Modalidades de Contratación” distintos de los códigos 201, 202 ó 203, deberán proceder a su rectificación.

La presentación de las respectivas declaraciones juradas rectificativas y la modificación en el sistema “Mi Simplificación II” podrá efectuarse hasta la fecha de vencimiento prevista para la presentación de la declaración jurada correspondiente al período devengado Junio de 2011.

Vigencia: A partir del día 24 de Junio de 2011.

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