Se reglamenta el régimen especial de facilidades de pago para pequeños contribuyentes dispuesto por la Ley 4720.
Principales características:
- La fecha límite a considerar para la liquidación de las obligaciones fiscales a regularizar es el 31 de diciembre de 2011.
- Las cuotas vencerán los días 20 de cada mes.
- Las cuotas serán mensuales, iguales y consecutivas.
- A los fines de computar los ingresos familiares, deberán tomarse en cuenta únicamente los ingresos del contribuyente o responsable del tributo y del cónyuge, en caso de corresponder. Para ello deberán presentar: a) DNI del titular del objeto, b) último recibo de haberes, del titular y su cónyuge (si correspondiere), c) para el caso de contribuyentes desocupados, constancia de la ANSeS o similar.
- Se fija en la suma de $ 100.000 la valuación fiscal máxima a que hace referencia el inciso b) del artículo 1 de la ley.
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