lunes, 6 de febrero de 2012

IIBB - Locación de inmuebles - Provincia de Tucumán

Resolución General 8/2012 - Dirección General de Rentas de Tucumán (BO 02/02/2012). Ingresos brutos. Locación de inmuebles. Modalidades de ingreso del gravamen.

Los sujetos que a partir del mes de enero de 2012 -inclusive- pasen a revestir el carácter de contribuyentes del impuesto sobre los ingresos brutos por la actividad de locación de inmuebles (conforme a la modificación introducida por Ley 8468), podrán optar en cuanto al modo, forma y plazo de ingreso del citado gravamen entre las siguientes opciones:
  1. Efectuar el pago único, hasta el 30/3/2012 inclusive, por la totalidad de los meses alcanzados por el tributo mediante la utilización del formulario F.904/D (Nuevo Modelo), o
  2. Inscribirse en la Dirección General de Rentas en el impuesto sobre los ingresos brutos, efectuando los pagos y presentación de las respectivas declaraciones juradas conforme al régimen general vigente para el citado gravamen.
De optarse por la opción establecida en el punto 2, el anticipo correspondiente al mes de enero de 2012 se considerará presentado e ingresado en término si la declaración jurada se presentare y se abonare el gravamen hasta la fecha de vencimiento establecida para el anticipo correspondiente al mes de febrero de 2012.

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