viernes, 8 de febrero de 2013

Contribuciones patronales - Beneficio de reducción - Prórroga

Decreto 125/2013 - Poder Ejecutivo de la Nación (BO 06/02/2013). Beneficio de reducción de contribuciones patronales, Ley 26476. Prórroga.

Se prorroga desde el 1 de enero de 2013 hasta el 31 de diciembre de 2013 el beneficio de reducción de contribuciones patronales sobre la registración de nuevas relaciones laborales.

IIBB - Aplicativo SiAPre - Nueva versión - Provincia de Tucumán

Resolución General 9/2013 - Dirección General de Rentas de Tucumán (BO 05/02/2013). Ingresos brutos. Programa aplicativo SiAPre. Versión 2.0 Release 1. Aprobación. 

Se aprueba el Release 1 del programa aplicativo denominado “Declaración Jurada SiAPre (Sistema Aplicativo de Presentación) Versión 2.0”, que bajo la denominación “SiAPre V.2.0 - Release 1” podrá ser transferido desde la página web de la Dirección General de Rentas (www.rentastucuman.gob.ar), a partir del 4 de marzo de 2013 inclusive.

El citado aplicativo será de uso obligatorio para la confección y presentación de la Declaración Jurada anual correspondiente al período fiscal 2012. 

miércoles, 6 de febrero de 2013

IIGG y BP - Nuevo aplicativo unificado V.14 - DDJJ 2012 - AFIP

Resolución General 3439 - Administración Federal de Ingresos Públicos (BO 06/02/2013).Impuesto a las ganancias. Impuesto sobre los bienes personales. Personas físicas y sucesiones indivisas. Nueva versión del aplicativo unificado.

Se aprueba el aplicativo "Ganancias Personas Físicas - Bienes Personales - Versión 14", a fin de efectuar la presentación unificada de las declaraciones juradas de los impuestos a las ganancias y sobre los bienes personales.

Servicios de comunicación audiovisual - Nuevo aplicativo - AFIP

Resolución General 3440 - Administración Federal de Ingresos Públicos (BO 06/02/2013). Gravamen a los servicios de comunicación audiovisual. Nuevo programa aplicativo “Servicios de Comunicación Audiovisual".

Se aprueba el programa aplicativo “Servicios de Comunicación Audiovisual - Versión 2.0”, el que deberáser utilizado por los contribuyentes y responsables alcanzados por el impuesto a los servicios de comunicación audiovisual a fin de determinar el gravamen correspondiente al período fiscal del mes de enero de 2013 y siguientes, que se presenten a partir del mes de febrero de 2013.

Ley de impuesto a los cigarrillos - Reducción de alícuota

Decreto 2736/2012 - Poder Ejecutivo de la Nación (BO 06/02/2012). Ley de impuesto a los cigarrillos. Reducción de alícuota.

Se disminuye la alícuota del impuesto adicional de emergencia sobre el precio final de venta de cigarrillos, del 21% al 7%.

IIBB - Régimen de retención y percepción - Alícuota - Provincia de Buenos Aires

Resolución Normativa 2/2013 - Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (29/01/2013). Ingresos brutos. Régimen general de retención y percepción. Cálculo de alícuota. Mecanismo.

Se fija el mecanismo que utilizará la ARBA para realizar el cálculo de las alícuotas aplicables en relación a los regímenes generales de retención y percepción del impuesto sobre los ingresos brutos, aplicable a los contribuyentes del impuesto, incluidos los comprendidos en las normas del Convenio Multilateral.

Se publicará el padrón de contribuyentes del impuesto con las alícuotas aplicables a cada caso durante el mes calendario inmediato anterior a aquel que deba regir o comenzar a regir, según la nómina de la que se trate.

Se determinan los grupos de alícuotas de retención y percepción en los cuales serán incluidos los contribuyentes de acuerdo a la situación fiscal de cada contribuyente y se disponen las alícuotas a aplicar para el caso de los contribuyentes del impuesto que no hubieran presentado ninguna declaración jurada del impuesto ante la ARBA.

Constancia de exención - Regímenes de promoción - Inclusión - Provincia de Salta

Resolución General 5/2013 - Dirección General de Rentas de Salta (28/01/2013). Constancia de exención. Regímenes especiales de promoción. Inclusión.

Se amplia a todos los regímenes de promoción vigentes y a los que se crearen en el futuro, la obligación de solicitar la constancia de exención a la Dirección General de Rentas a fin de gozar de las exenciones impositivas otorgadas por los distintos regímenes.

Zona de desastre económico y social - Modificación de la zona y plazo - Provincia de Río Negro

Decreto 41/2013 - Poder Ejecutivo de Río Negro (BO 04/02/2013). Zona de desastre económico y social. Modificación de la zona. Extensión al período 2013.

Se modifica la declaración de desastre económico y social del área comprendida dentro del cuadrilátero conformado por los paralelos 40° 30’ y 42°, y los meridianos 67 y 71 y Villa Llanquín por estado de emergencia económico y social y se extiende la fecha de finalización del estado de emergencia hasta el 31 de diciembre de 2013.

Beneficios tributarios - Reglamentación - Provincia de Río Negro

Resolución 55/2013 - Agencia de Recaudación Tributaria de Río Negro (BO 04/02/2013). Ingresos brutos. Sellos. Beneficios tributarios. Reglamentación.

Se reglamentan los beneficios tributarios en el impuesto sobre los ingresos brutos y de sellos para los contribuyentes ubicados dentro del área comprendida entre los paralelos 40° 30´ y 42°, y los meridianos 67 y 71 y Villa Llanquín del territorio de la Provincia de Río Negro, dispuestos por el Decreto 41/2013.

martes, 5 de febrero de 2013

Curso: Liquidación integral de impuestos: IVA - IIBB y convenio multilateral - CPCE CABA

• Objetivo: Brindar herramientas prácticas para iniciarse en liquidación de impuestos preparando correctamente los papeles de trabajo, libros y formularios. Manejo de programas aplicativos de IVA, Ingresos Brutos y Convenio Multilateral.
 
• Contenido:
Abarca la liquidación de impuestos mensuales (Nacionales y provinciales), IVA Impuesto al Valor Agregado. Conceptos generales. Análisis del sujeto. Análisis del Objeto. Hecho Imponible. Base Imponible. Exenciones. Alícuota. Formalidades. Formularios. Aplicativo AFIP. S.I.Ap., SICORE, Ctiti ventas y Citi compras. Retenciones y percepciones de IVA. Casos prácticos. Impuesto sobre los Ingresos BrutosConceptos generales. Contribuyente local - CABA -. Análisis del sujeto. Análisis del Objeto. Hecho Imponible. Base Imponible. Exenciones. Alícuotas. Formalidades. Formularios. Aplicativo Ingresos Brutos S.I.C.O.L. Casos Prácticos.Convenio Multilateral. Conceptos generales. Jurisdicciones. Alícuotas. Actividades. Régimen general y especiales. Coeficiente Unificado. Convenio sujeto y convenio actividad, operaciones entre ausentes, atribución de ingresos y de gastos. Aplicativo Si.Fe.Re. Formularios. Declaración Jurada Mensual y CM05. Casos Prácticos.

• Cursada: del 14 de Febrero al 26 de Febrero - 2 reuniones semanales de 3 horas
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Para mayor detalle e inscripciones ver
CPCECABA - Escuela de Educación Continuada Cód: 2-616-1

• Grupo docente:
 López Marianela - Mera Gabriela - Valle Laura

Coordinadora: Marianela Lopez

Sellos - Agentes de retención, percepción y/o recaudación - Registros de Propiedad Automotor y Créditos Prendarios - Provincia de Córdoba

Resolución General 1884/2012 - Dirección General de Rentas de Córdoba (BO 04/02/2013). Sellos. Agentes de retención, percepción y/o recaudación. Registros de la Propiedad Automotor y Créditos Prendarios. Aprobación de instructivo.

Se aprueba el instructivo destinado a los encargados de los Registros Nacionales de la Propiedad Automotor y Crédito Prendario a los fines de actuar como agentes de recaudación del impuesto de sellos.

Sellos - Actividades culturales - Exención - Requisitos y formalidades - Provincia de Córdoba

Resolución Normativa 57/2012 - Dirección General de Rentas de Córdoba (BO 04/02/2013). Sellos. Actividades de producción, representación, composición e interpretación de servicios culturales y/o espectáculos musicales, artísticos y circenses. Exención. Modificación de requisitos y formalidades.

Se cambian los requisitos y formalidades a cumplir por parte de los contribuyentes del impuesto de sellos que pueden gozar de la exención en el impuesto sobre los actos, contratos y/o instrumentos que se celebren con motivo del desarrollo de las actividades de producción, representación, composición e interpretación de eventos culturales y/o espectáculos musicales, artísticos y circenses, desarrollados en la Provincia de Córdoba, dispuesto por el Decreto 2598/2011.

Medios de pago - Tarjetas de crédito y débito - Autorización - Provincia de Córdoba

Resolución Normativa 59/2013 - Dirección General de Rentas de Córdoba (BO 04/02/2013). Medios de pago. Tarjetas de crédito y débito. Habilitación.

Se autoriza la cancelación del impuesto inmobiliario, automotor y sobre los ingresos brutos, excepto agentes de recaudación, mediante el servicio de captura, validación y autorización de operaciones a través de dispositivos de débito directo con tarjetas de crédito o débito.

Será considerado como única constancia válida el ticket de pago emitido por el sistema en donde conste el importe, la liquidación cancelada y la identificación del contribuyente o responsable.

IIBB - Agentes de retención, recaudación y/o percepción - Alícuota reducida o especial - Provincia de Córdoba

Resolución Normativa 58/2012 - Dirección General de Rentas de Córdoba (BO 04/02/2013). Ingresos brutos. Agentes de retención, recaudación y/o percepción. Aplicación de reducción de alícuota o alícuota especial. Formalidades.

Se determina que para la aplicación de la alícuota reducida por parte de los agentes de recaudación del impuesto sobre los ingresos brutos o de la alícuota especial del impuesto (Art. 18 y 20 de la Ley 10118 respectivamente), el sujeto pasible deberá informar a los respectivos agentes el monto de ingresos obtenidos en el año calendario anterior.

Se establece que el sujeto pasible será responsable de ingresar el impuesto faltante en el caso de no haberse aplicado la alícuota correspondiente, perdiendo el carácter de pago definitivo las sumas retenidas.

IIBB - Vencimientos 2013 contribuyentes SITI - SIR - Modificación - Provincia de Jujuy

Resolución General 1309/2013 - Dirección Provincial de Rentas de Jujuy (BO 30/01/2013). Ingresos brutos. Vencimientos 2013. Contribuyentes SITI - SIR. Modificación.

Se modifican los vencimientos del calendario impositivo 2013 para la presentación e ingreso del primer anticipo del impuesto sobre los ingresos brutos para los contribuyentes SITI - SIR

Régimen de facilidades de pago permanente - Incorporación de impuestos - Ciudad de Buenos Aires

Resolución 83/2013 - Ministerio de Hacienda de la Ciudad de Buenos Aires (BO 01/02/2013). Régimen de facilidades de pago permanente. Incorporación de impuestos. Obligaciones por regularizar

Se modifica el régimen de facilidades permanente dispuesto por la Resolución 2722/2004 de la SHF. Se establece que se podrán regularizar también, las deudas provenientes del impuesto a la generación de residuos sólidos urbanos húmedos no reciclables.

Se establece que son susceptibles de regularización las siguientes obligaciones:
- Las que hubieren vencido con anterioridad al 1 de enero del año en que se produzca el acogimiento y siempre que mediare un plazo no inferior a 90 días corridos entre su vencimiento y la presentación del acogimiento al plan, y
- Las multas aplicadas por la Dirección General de Rentas.

viernes, 1 de febrero de 2013

Régimen de regularización de obligaciones tributarias devengadas hasta el 31/07/2012 - Reglamentación - Provincia de Salta

Resolución General 2/2013 - Dirección General de Rentas de Salta (BO 30/01/2013). Régimen de regularización de obligaciones tributarias devengadas hasta el 31/07/2012. Reglamentación.

Se reglamenta el régimen de regularización de obligaciones tributarias devengadas al 31/07/2012 dispuesto por la Ley 7765.

Se aceptan como medios de pago el pago de contado en efectivo, los planes de pago y los certificados de crédito fiscal.

En el caso en que los agentes de retención y/o percepción incurran en defraudación fiscal, solo podrán gozar de una quita en los intereses por mora.

IIBB - Exención a la actividad primaria - Rechazo - Modificación - Provincia de Santiago del Estero

Resolución General 2/2013 - Dirección General de Rentas de Santiago del Estero (BO 28/01/2013). Ingresos brutos. Exención a la actividad primaria. Requisitos y formalidades operativas. Rechazo de la solicitud. Modificación.

Se determina que será rechazada y archivada la solicitud de exención del impuesto sobre los ingresos brutos para la actividad primaria, cuando se verifique el incumplimiento de una notificación y transcurrido el plazo de 5 días hábiles otorgados, para el cumplimiento de cualquier requisito formal o sustancial.

Impuesto a la transmisión gratuita de bienes - Provincia de Entre Ríos

Ley 10197 - Poder Legislativo de Entre Ríos (BO 24/01/2013). Impuesto a la transmisión gratuita de bienes. Código Fiscal. Ley impositiva. Modificaciones. Programa de desarrollo de la infraestructura social de Entre Ríos (PRODISER).

Se crea el impuesto a las transmisiones gratuitas de bienes en la Provincia de Entre Ríos, con el objetivo de financiar el programa de desarrollo de la infraestructura social de Entre Ríos (PRODISER).

El impuesto alcanza al enriquecimiento que se obtenga en virtud de toda transmisión a título gratuito, incluyendo:
- Las herencias
- Los legados
- Las donaciones
- Los anticipos de herencia
- Cualquier otra transmisión que implique un enriquecimiento patrimonial a título gratuito.

Son contribuyentes del impuesto, las personas de existencia física o jurídica cuando:
- Se encuentren domiciliadas en la Provincia por el total del enriquecimiento gratuito
- En caso de domiciliarse fuera de la Provincia, solo por los bienes ubicados en esta.

Las alícuotas son ascendentes en función de escalas y parentescos, estableciéndose que no estarán alcanzados los enriquecimientos inferiores a $ 60.000, importe que se incrementará a $ 250.000 cuando se trate de trasmision de bienes entre padres, hijos y cónyuge.

Infracción a los deberes formales - Valores mínimos - Provincia de La Pampa

Resolución General 39/2012 - Dirección General de Rentas de La Pampa (BO 11/01/2013). Infracciones a los deberes formales. Valores mínimos absolutos. Incremento.

Se elevan los valores mínimos absolutos de la graduación de multas por infracciones a los deberes formales por parte de los contribuyentes y/o responsables.