jueves, 18 de abril de 2013

Sellos - Valor mínimo de inmuebles - Provincia de Mendoza

Resolución General 9/2013 - Administración Tributaria de Mendoza (BO 16/04/2013). Sellos. Valor mínimo de los inmuebles a los fines de la liquidación del impuesto.

Se establece como valor mínimo de los inmuebles a los fines de la liquidación del impuesto de sellos, el doble del avalúo fiscal vigente, salvo en los supuestos de autodeclaración, en cuyo caso el avalúo será igual al valor autodeclarado.


La presente resolución rige a partir del 16/05/2013.

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